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EL MOSTRADOR Chile | TERRORISMO DE ESTADO | La Justicia chilena condena a más de un centenar de exagentes de la policía secreta de Pinochet | por BBC MUNDO 3 junio, 2017



Un juez aplicó penas de entre 541 días y 20 años de prisión para 106 exfuncionarios de la Dirección de Inteligencia Nacional condenados por el secuestro y muerte de 16 personas durante la llamada "Operación Colombo".


Es la sentencia con mayor número de condenados por casos de violaciones a los derechos humanos que se ha producido en Chile.
Un juez condenó este viernes a más de un centenar de exagentes de la policía secreta del gobierno militar de Augusto Pinochet (1973-1990).
La decisión afecta a 106 militares y policías de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), quienes fueron juzgados por el secuestro y la muerte de 16 personas durante la llamada "Operación Colombo", ocurrida en los primeros años del gobierno de facto que se inició en 1973.
Las condenas acordadas por el juez especial para casos de derechos humanos Hernán Crisosto oscilan entre 541 días y 20 años de cárcel.

Centros de detención

Las penas mayores recayeron sobre los generales César Manríquez y Raúl Iturriaga, así como los exbrigadieres Pedro Espinoza y Miguel Krassnoff, quienes fueron miembros de la dirección de la DINA.
Estas personas ya cumplen condena por casos similares.
De acuerdo con la investigación judicial, las víctimas eran miembros del Partido Socialista y del Movimiento de Izquierda Revolucionaria.
Fueron detenidos por funcionarios de la DINA entre el 17 de junio de 1974 y el 6 de enero de 1975. Luego fueron trasladados a distintos centros de detención clandestinos, tras lo cual no volvieron a ser vistos.
Según cifras oficiales, 40.018 personas fueron víctimas de abusos contra los derechos humanos durante el régimen de facto y 3.065 fueron asesinadas o resultaron desaparecidas.

Claves



(Tomado de EL MOSTRADOR)

Noticias Relacionadas



teleSUR | Venezuela repudia arremetida de Gobiernos derechistas > "Es falso que haya un golpe de Estado en Venezuela", afirma la Cancillería, que anunció acciones diplomáticas en defensa de su orden jurídico. 31 marzo 2017



El Gobierno de Venezuela rechazó el accionar de algunos Gobiernos de derecha de la región, que buscan "mediante falsedades e ignonimias" atentar contra el Estado de derecho y su orden constitucional.
A través de un comunicado, la Cancillería venezolana se mostró crítica de la "arremetida de los Gobiernos de la derecha intolerante y pro-imperialista de la región, dirigida por el Departamento de Estado y los centros de poder estadounidenses".




Venezuela repudia arremetida de gobiernos de derecha que atentan contra Estado de Derecho y orden constitucional https://goo.gl/uSFGaw 
La reacción de Venezuela ocurre debido a los pronunciamientos de algunos países tras la decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) venezolano de suplir funciones de la Asamblea Nacional (AN), tras la omisión legislativa producida por su desacato reinante.
"Es absolutamente inadmisible, sin fundamento jurídico alguno, que un grupo de países conjurados se inmiscuyan en los asuntos de jurisdicción exclusiva de Estados soberanos", apunta el texto.
Igualmente, se desmintió que haya un golpe de Estado en Venezuela, "por el contrario, sus instituciones han adoptado correctivos legales para detener la desviada y golpista actuación de los parlamentarios opositores declarados abiertamente en desacato a las decisiones" del TSJ.
La AN, de mayoría opositora, ha desconocido en reiteradas ocasiones las sentencias del TSJ que ordenó suspender la incorporación en plenaria de tres candidatos por el estado Amazonas, cuya proclamación fue suspendida hasta tanto culminaran investigaciones por fraude que pesan sobre su elección el 6 de diciembre de 2015. 
En 2016, el Parlamento, con el diputado Henry Ramos Allup como presidente, hizo caso omiso y juramentó a los tres candidatos. Con esta acción la junta directiva del Poder Legislativo abrió las puertas para su propia nulidad como en efecto lo determinó el Poder Judicial meses más tarde. 
La Cancillería anunció también que ejercerá acciones políticas y diplomáticas para evitar la materialización de planes contra la estabilidad y la paz de la nación caribeña.

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Venezuela AN TSJ


The New York Times | La sentencia en un caso de abuso sexual causa alarma y furor en México | Por MARINA FRANCO 30 marzo 2017


Mexicanas participan en una marcha por el Día Internacional de la Mujer. Según cálculos oficiales, cada año hay hasta 600.000 delitos sexuales y solo el ocho por ciento son reportados. CreditEduardo Verdugo/Associated Press

CIUDAD DE MÉXICO — Una noche de enero del 2015, cuando Daphne Fernández tenía 17 años e iba saliendo de un club nocturno con sus amigos, fue subida a la fuerza al asiento trasero de un automóvil donde le quitaron su celular. En el vehículo iban cuatro jóvenes —dos adelante y dos flanqueándola atrás—, hijos de empresarios y políticos del estado de Veracruz, al este de México. Según relató Fernández en su denuncia ante las autoridades, los jóvenes la toquetearon repetidamente, uno la penetró con los dedos y todos se burlaron de ella. Daphne Fernández denunció que después la llevaron a la casa del que conducía el automóvil, donde este la habría violado en un baño.
A principios de 2016, enfurecido por la falta de acción judicial tras la denuncia presentada en mayo de 2015, el padre de Daphne comenzó a divulgar videos en que los cuatro jóvenes se disculpaban por los actos cometidos contra su hija. La rabia y las críticas en redes sociales no se hicieron esperar pero, aun así, tres de los jóvenes denunciados (apodados los Porkys por los medios mexicanos) pudieron huir del país o esconderse antes de que las autoridades emitieran órdenes de búsqueda y de detención, más de un año después del hecho.
Uno de ellos sigue prófugo, mientras que otros dos, Diego Cruz y Enrique Capitaine —hijo de un exalcalde de Veracruz y quien manejaba el auto—, fueron detenidos y puestos en prisión preventiva, acusados de pederastia. El caso parecía progresar.
Hasta que esta semana, el juez federal mexicano Anuar González sentenció que el acta bajo la cual fue encarcelado Cruz es inconstitucional. El fallo de González reconoce que hubo tocamientos a Daphne, pero establece que los cometidos por Cruz en particular no fueron hechos con “actitud lasciva” y, por ende, “no se encuentra demostrado fehacientemente el ‘abuso sexual’”.
La sentencia del juez, que todavía debe ser ratificada por un tribunal colegiado, provocó revuelo de manera inmediata.
“Durante esos 22 o 30 segundos en los que se cometen presuntamente los hechos, en un vehículo encerrada con cuatro hombres, con dos o tres de ellos tocándole los genitales y los senos, alzándole la falda y moviéndole la ropa interior”, Ana Pamela Romero, jurista del Instituto Nacional de Ciencias Penales mexicano, se preguntó: “¿Cómo puede separar el manoseo de los tocamientos de violencia sexual que el mismo juez considera comprobados? ¿El tercer o cuarto manoseo cómo se distingue?”.
El magistrado González también indicó que, para comprobar bajo el código penal veracruzano que hubo abuso, debía constar la indefensión de Daphne y no había pruebas suficientes dado que la joven, tras ser toqueteada en el asiento trasero por dos hombres que le bloqueaban el acceso a las puertas, “tuvo la posibilidad de cambiarse de lugar” al asiento de copiloto a instancias del conductor, Capitaine.
“Son cuatro hombres mayores —en edad, tamaño, corpulencia— y le quitan el celular. No tiene posibilidad de defenderse”, indicó Romero, antes de añadir que “no puede estar sujeta la comprobación de la violencia sexual al que la víctima demuestre que se defendió”.


“Este caso solo es una muestra de las muchas barreras y obstáculos que las mujeres enfrentan en el acceso a la justicia, especialmente en el ámbito de la violencia sexual”.
XIMENA ANDIÓN, DIRECTORA DEL INSTITUTO DE LIDERAZGO SIMONE DE BEAUVOIR

Desde sus inicios, el caso de Daphne ha causado furor en México, empezando por el retraso de las autoridades en aprehender a los llamados Porkys. Pero la sentencia más reciente ha sido particularmente preocupante, según activistas, por las implicaciones de la interpretación que el magistrado hace de la definición de abuso sexual.
“Este caso solo es una muestra de las muchas barreras y obstáculos que las mujeres enfrentan en el acceso a la justicia, especialmente en el ámbito de la violencia sexual”, dijo en una entrevista Ximena Andión, directora del Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir, grupo dedicado al impulso de la justicia social y la igualdad de género que, entre otras cosas, administra un sitio web que aconseja a las mujeres qué hacer si son víctimas de una violación.
“Esta decisión no solo tiene incidencia” en el caso de Daphne, señaló Andión, “tiene una incidencia generalizada en los imaginarios culturales sobre la violencia”. Ahora, explicó, otras autoridades o ciudadanos podrían decir que “si no le dio placer, no es violencia, o que si solo fue penetración con los dedos, no es violencia”.
Eso es particularmente preocupante en un país en que la cifra negra de casos de violencia sexual alcanza 600.000, según un estimación oficial, y solo el ocho por ciento se denuncia.
El juez González fue suspendido temporalmente el miércoles por el Consejo de la Judicatura Federal para que tanto este fallo como otros suyos sean investigados. La situación ha desembocado en una suerte de vendetta en contra del magistrado, con amenazas hechas por medio de redes sociales en contra de su esposa e hijas, “reacciones virulentas y violentas que también se deben atender”, dijo Andión.
Los expertos destacan que la situación con Daphne al menos debería generar un debate sobre varios puntos: si los requisitos para que un hecho se acredite como abuso sexual son realistas; si los jueces y otros servidores públicos toman en cuenta perspectivas de género y tienen capacitación suficiente para deliberaciones afines, y sobre la necesidad de contar con respuestas más apropiadas y medidas preventivas para los miles de casos de abuso que se denuncian y aquellos que no.
“¿Qué mejor momento para revisar estas sentencias y asegurarse que haya mayor rendición de cuentas dentro del poder judicial?”, sostuvo Romero, en referencia a la visibilidad que ha adquirido este caso.
Para Andión, también es fundamental que haya mayores discusiones sobre la prevención de delitos como violación y feminicidio, a partir de lo que calificó como una “epidemia de violencia de género” que está viviendo México.
“Hay indignación, pero necesitamos transformarla en exigencias”.

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Diario UChile | Abogado querellante caso Karadima: El fallo establece impunidad para la Iglesia Católica | Rodrigo Fuentes 17 marzo 2017




Juan Pablo Hermosilla aseveró que existen pruebas suficientes de “negligencia sistemática e ignorancia deliberada” por parte de las autoridades del clero, por lo que apelará a la decisión judicial que rechazó la denuncia.

Este jueves, el ministro de fuero Juan Muñoz Pardo objetó la demanda por 450 millones de pesos interpuesta contra el clero local por el médico James Hamilton, el periodista Juan Carlos Cruz y el presidente de la Fundación para la Confianza, José Andrés Murillo.
El abogado Juan Pablo Hermosilla, representante de los tres profesionales, víctimas de abusos sexuales del párroco Fernando Karadima, aseveró que las pruebas presentadas en contra de las autoridades del Arzobispado son contundentes, por lo que apelarán en los próximos días a la decisión del ministro Muñoz.
“Nos sorprendió el fallo, creo que no se condice con los antecedentes que se presentaron.Además, se establece una suerte de inmunidad para la Iglesia Católica que es intolerable para un Estado de derecho democrático, es como volver al comienzo del Siglo XIX. Eso no es tolerable y por eso vamos a recurrir dentro de los plazos legales en contra de este fallo”, detalló.
El jurista Juan Pablo Hermosilla acusó a la justicia de proteger a la Iglesia Católica y confesó que no es fácil dar la pelea contra una institución tan poderosa en el  país.
El abogado querellante argumentó que son públicas las pruebas, correos electrónicos entre los cardenales Francisco Javier Errázuriz y Ricardo Ezzati donde tratan el tema y denostaban a las tres víctimas del párroco de la Parroquia de El Bosque.
“Hay antecedentes que muestran que la demora en investigar era una obstrucción a la investigación. El comportamiento posterior, incluso hasta el año 2014 con las cartas y correos entre los cardenales Errázuriz y Ezzati, acredita que ellos están por impedir que se investigue por parte del Estado y, al mismo tiempo, han tratado pésimos a mis defendidos, contrario a lo que dicen públicamente, expresándose de la peor forma respecto de ellos”, subrayó.
En el fallo de 291 páginas, el juez Muñoz desechó la demanda civil “que en la valoración de la prueba rendida por la demandante, apreciada legalmente en conjunto con los descargos y argumentos de la demandada, no permiten formarse convicción acerca de la existencia de coerción, difamación y silenciamiento por parte del Arzobispado de Santiago, en desmedro y sufrimiento de los actores, por insuficiencia probatoria”.
Respecto de las denuncias de las víctimas sobre el conocimiento del Arzobispado de los delitos que cometió Karadima, el juez concluyó que “no resulta posible, asimismo, configurar encubrimiento de los abusos sexuales de Karadima por parte del Arzobispado, ya que no hay prueba alguna a su respecto. La tardanza en dar tramitación progresiva a las denuncias de dos de los actores, ha sido explicada por el Arzobispo de ese entonces, e incluso ha pedido perdón por dicho atraso”.